Volver Sí, Pero Sólo Así: Amparo a favor de un regreso a clases seguro

“Desde el inicio de año trabajamos por un regreso a las escuelas. Coincidimos con la visión del gobierno federal respecto de este regreso; sin embargo, hemos sido claros: volver, sí, pero no de cualquier manera.”

Fernando Alcázar 21/09/2021

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Desde el inicio de este año, en Mexicanos Primero y Aprender Primero hemos trabajado para lograr, en distintos grados y formas, un regreso presencial a las aulas. En ese sentido, la visión de Mexicanos Primero ha coincidido con la visión general del gobierno federal respecto de este regreso. Sin embargo, hemos sido claros: volver, sí, pero no de cualquier manera.

El 20 de agosto pasado, la Secretaría de Educación Pública (SEP) publicó el Acuerdo 23/08/21, el cual regula el regreso a clases presenciales en el ciclo escolar 2021-2022, señalado para iniciar el 30 de agosto. En él, la SEP hace referencia a las nueve acciones que se llevarán a cabo para un regreso responsable y ordenado, además de hacer referencia a la “Guía para el regreso responsable y ordenado a las escuelas”. Estas 9 acciones son la base de la guía misma, elaborada en conjunto con la Secretaría de Salud (SS), la cual reconoce que sólo se trata de recomendaciones para organizar la reapertura de las escuelas. Además de no ser un protocolo obligatorio, la guía permite el uso de cubrebocas caseros, no regula el aforo máximo permitido en los salones ni explica cómo debe ser la ventilación cruzada. La guía también deja a la responsabilidad de las comunidades escolares el hacerse de los insumos necesarios para prevenir contagios, como gel, termómetros, cubrebocas, jabón y hasta el suministro del agua potable.

Ante esta irresponsabilidad de la SEP y la SS, Aprender Primero presentó una demanda de amparo el pasado 30 de agosto. En la demanda reclamamos que la SEP y la SS no cumplieron con la obligación de garantizar las medidas básicas para un regreso a clases seguro para todos los estudiantes del país, y delegaron indebidamente a las comunidades escolares el proveerse de los insumos y materiales necesarios para la prevención de contagios en las escuelas. Adicionalmente, debido al peligro inminente a la salud y a la vida de niñas, niños, docentes y directivos que regresaron a las aulas, solicitamos una suspensión que previniera un daño irreparable.

El 7 de septiembre, el Juez Primero de Distrito en Materia Administrativa coincidió con nuestros argumentos y ordenó a la SEP y SS cumplan con sus obligaciones en este regreso a clases. El juez señaló que la “…Secretaría de Educación y la Secretaría de Salud han incumplido con la obligación que tienen de salvaguardar (…) los derechos a la educación y a la salud (…) a favor de las personas que deben incorporarse a clases presenciales, entre las que se encuentran, niñas, niños y adolescentes y algunas otras personas en otra situación de vulnerabilidad (…) La ausencia de una política pública idónea sobre la reapertura de los planteles educativos y la falta de obligatoriedad y suficiencia de la guía y el acuerdo emitidos para regularla generan una probabilidad alta de contagio del virus SARS-CoV-2 (COVID-19) en perjuicio de la salud de personas que acuden a ellos”.

La suspensión provisional otorgada por el juez, determina que las autoridades deben:

  • 1. Garantizar el suministro de insumos suficientes (cubrebocas, gel, termómetros, jabón, etc.)
  • 2. Garantizar el suministro de agua potable en todas las escuelas del país.
  • 3. Emitir el protocolo obligatorio para la prevención, detección, tratamiento, control y seguimiento de la pandemia en las escuelas.
  • 4. Emitir el protocolo con los procedimientos que deben seguir las autoridades escolares en la identificación de posibles casos de contagio, su contención y la canalización a las autoridades de salud correspondientes.
  • 5. Establecer los mecanismos para verificar la implementación de las medidas.

Las autoridades estaban obligadas a cumplir con la emisión de los protocolos y procedimientos para la prevención de contagios y el seguimiento a los mismos en las 48 horas hábiles siguientes al 8 de septiembre, día que fueron notificadas. Cuentan también con diez días hábiles para informar sobre el cumplimiento de con el suministro de los insumos y el agua potable. Al día de hoy, la SEP ha manifestado que se encuentra imposibilitada para dar cumplimiento a la orden del juez, mientras que la SS no ha informado sobre sus avances. Este 21 de septiembre se celebrará la audiencia para determinar sobre la suspensión definitiva, la cual dotará de mayor firmeza a lo establecido por el Juez en la suspensión provisional. En Aprender Primero no permitiremos que la SEP y la SS sigan evadiendo su responsabilidad y agotaremos todas las posibilidades para que esta resolución se traduzca en un verdadero regreso seguro a las aulas para todas las niñas, niños, docentes y directivos de nuestro país.

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