Para que las y los docentes puedan ejercer su derecho a promoverse mediante procesos equitativos, imparciales, públicos y transparentes, como lo marca la nueva reforma a los artículos 3°, 31° y 73° constitucionales, es indispensable garantizar que en las leyes secundarias se establezcan disposiciones coherentes y articuladas del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros (SCMM). Lo anterior a partir de dos ejes, uno en el que se regulen los procesos para la selección y colocación en la promoción a puestos de dirección, asesoría y supervisión, y otro que establezca un sistema coordinado que garantice procesos de reconocimiento orientados por perfiles que prioricen el aprendizaje integral y el desarrollo de todas las niñas, niños y jóvenes (NNJ) de México.